El Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dictaminó a favor del Departamento Ejecutivo de Necochea en el conflicto de poderes iniciado por el intendente Arturo Rojas contra el Honorable Concejo Deliberante por la sanción de la Ordenanza Nº 12.148/2026.
En su dictamen, emitido el 30 de junio, el Procurador consideró que corresponde hacer lugar al planteo del Ejecutivo y declarar la nulidad de la ordenanza, al entender que el Concejo Deliberante avanzó sobre competencias que la Constitución provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades reservan al Departamento Ejecutivo.
La norma cuestionada modificaba la Ordenanza Fiscal e Impositiva para ampliar las exenciones destinadas a veteranos de la Guerra de Malvinas, incorporando beneficios vinculados a Derechos de Oficina, Estacionamiento Medido y Patentes de Rodados, con vigencia prevista para el ejercicio 2027.
El dictamen aclara que no se cuestiona el objetivo de beneficiar a los excombatientes, sino el procedimiento utilizado para aprobar la medida. Según el Procurador, toda modificación del régimen tributario que impacte en el cálculo de recursos municipales debe tener origen en un proyecto impulsado por el Departamento Ejecutivo, ya que es el órgano encargado de elaborar el presupuesto anual y las ordenanzas impositivas.
Además, sostiene que el Concejo Deliberante no puede imponer al Ejecutivo la obligación de incorporar determinadas exenciones en la futura Ordenanza Fiscal e Impositiva, aun cuando su aplicación haya sido diferida para el año 2027, ya que ello implica invadir una competencia exclusiva del Ejecutivo.
Durante el proceso, el Concejo Deliberante defendió la legalidad de la ordenanza al argumentar que actuó dentro de las facultades previstas por la Ley Orgánica de las Municipalidades para establecer exenciones tributarias y que el impacto económico sería mínimo, beneficiando a unas 40 o 45 personas. Sin embargo, el Procurador rechazó ese criterio y entendió que la cuestión central no es el monto involucrado sino el respeto al reparto constitucional de competencias entre ambos departamentos municipales.
Cabe recordar que, mientras se tramita la causa, la Suprema Corte ya había dispuesto suspender los efectos de la ordenanza y del decreto de insistencia aprobado por el Concejo Deliberante. Ahora, con el dictamen de la Procuración General incorporado al expediente, será el máximo tribunal bonaerense quien tenga la decisión final sobre la validez o no de la norma.











