El hecho ocurrió en agosto de 2018, cuando la víctima, de 21 años, jugaba un encuentro en una cancha de césped sintético y, al intentar alcanzar una pelota, chocó contra una pared de hormigón ubicada detrás de uno de los arcos y sin ningún tipo de acolchado o protección.
Como consecuencia del impacto, sufrió una fractura de húmero y debió ser trasladado de urgencia al Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA).
La demanda por daños y perjuicios se inició contra el club, el concesionario y las compañías aseguradoras. En una primera instancia, el jugador había obtenido una indemnización superior a los 55 millones de pesos, pero ese fallo fue anulado por la Cámara de Apelaciones, que ordenó dictar una nueva sentencia.
Al revisar nuevamente el expediente, el Juzgado Civil y Comercial N.º 4 entendió que entre el jugador y el club existía una relación de consumo, por lo que la institución tenía la obligación de garantizar condiciones seguras para quienes utilizaban las instalaciones.
El magistrado sostuvo que la pared constituía una estructura riesgosa debido a su cercanía con el arco y a la ausencia de elementos de protección, una situación que fue respaldada por los testimonios de quienes presenciaron el accidente.
Además, rechazó el planteo del club que intentaba trasladar toda la responsabilidad al concesionario de las canchas, al considerar que la concesión del predio no exime al propietario de responder por las condiciones de seguridad del establecimiento.
Finalmente, el juez Martín Zambecchi condenó al Club Atlético Banco Nación y al concesionario a abonar en forma solidaria 99.275.007,46 pesos, más intereses y el costo de los tratamientos médicos indicados por los peritos.
Con la actualización de intereses, la liquidación provisoria del expediente supera los 257 millones de pesos, monto que deberá ser depositado por cualquiera de las partes demandadas en caso de presentar una apelación contra la sentencia.












