“Se acaba de levantar el paro. Fue muy alto el acatamiento en estas horas. Ahora habrá que esperar que nos cumplan”, expresó a NQ Pablo Echaves, titular del Sindicato de Fleteros a nivel local.
A continuación, transcribimos los detalles de las firmas en el momento de la determinación.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de abril de 2023, en la sede central del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, sito en Leandro N. Alem 650, se reúnen ante la Sra. Ministra de Trabajo, Raquel OLMOS, el SINDICATO UNICO DE FLETEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SI.UN.FLET.R.A.), entidad sindical de Primer Grado con domicilio en Bernardo de Irigoyen 1588 de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Sr. Mario Alberto PEREYRA en su carácter de Secretario General y Fernando Daniel CURBELO, en su carácter de Secretario Adjunto y el MINISTERIO DE TRANSPORTE, con domicilio en Avenida Paseo Colón 315 de la Ciudad de Buenos Aires, representado por los Señores Juan José NARDI y Pablo Fabián ROMA.

Abierta la reunión, la Sra. Ministra informa a los presentes que han sido convocados como consecuencia de la medida gremial que el SI.UN.FLET.R.A. se encuentra llevando a cabo desde la 0 horas del día de la fecha y que afecta distintos puertos de las Provincias de Buenos Aires y Santa Fé y en el puerto de la Ciudad de Buenos Aires (Terminal 4) y asimismo en la sede central del Correo Argentino.
Luego de haber sido expuestos los planteos relacionados con la actividad, y de carácter profesional por parte de los representantes de la entidad gremial, se ha arribado al siguiente compromiso con los representantes estatales:
A- El Ministerio de Transporte manifiesta que se trabajará en una normativa que emane del propio Organismo y que establezca que los esquemas tarifarios que a la fecha poseen naturaleza orientativa se conviertan en tarifas piso o de base y que posean carácter de cumplimiento obligatorio para el dador de carga;
B- Asimismo, el Ministerio de Transporte declara que trabajará en forma mancomunada con la ADMINSITRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y la SECRETARIA DE COMERCIO con el objeto de crear un mecanismo a los efectos que la factura y la carta de porte para el transporte en general guarden estricta correlación y en la fiscalización y penalización por su incumplimiento;
C- El Ministerio de Transporte además se compromete – en orden a lo previsto por el art. 5 de la ley 24653-a convocar a una inmediata reunión a los representantes del SI.UN.FLET.R.A a los efectos de otorgarles la participación en las propuestas y desarrollo de políticas y acciones relativas al sector;
D- Se toma debida nota del reclamo por la situación de los afiliados fleteros que han sido sobreseídos por la Cámara de Casación en la causa penal que se les siguiera en la Ciudad de Bahía Blanca, y que hoy se encuentran proscriptos para la dación de trabajo por parte de la empresa PROFERTIL S.A.
E- En relación a la situación de la actividad postal, los representantes gremiales informan que se está trabajando en la creación de una policía telepostal en forma conjunta con el ENACOM y la A.E.C.A. a efectos de regularizar la competencia desleal en el transporte de paquetería procedente de aplicaciones, manteniendo informados a los organismos presentes respecto de su implementación.
Que en este estado, los representantes gremiales informan a ambas Carteras de Estado que proceden al levantamiento inmediato de las medidas de acción directa decididas.
Que habiéndose abierto este espacio de diálogo en tutela de la paz social dentro de la actividad que comprende a los transportistas, el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social ofrece constituirse en promotor de los compromisos aquí asumidos, pudiendo fijar las audiencias que estime pertinente.
En el lugar y fecha individualizadas en el encabezamiento del presente, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.












