Son el nuevo medio de transporte que se impone poco a poco. Están por todas partes y cada vez son más. Son prácticos, ecológicos y económicos en su funcionamiento y mantenimiento. Circulan a la par de micros, autos y motos, y, en muchas oportunidades, incluso son más rápidos que estos. Si bien hay una regulación nacional, casi no se aplica y transitan prácticamente sin control del Estado. Al menos, hasta ahora.

Este lunes, el bloque de la Unión Cívica Radical presentó un proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante para establecer un Marco Regulatorio para la Circulación de Vehículos de Movilidad Personal, lo que es lo mismo que decir, para los famosos monopatines eléctricos. Según la propuesta, se entiende por vehículo de movilidad personal a todo vehículo de una o más ruedas destinado al traslado de personal y autopropulsado por motorización eléctrica o cualquier otro tipo de motorización. Se exceptúan a las bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y los vehículos para personas con movilidad reducid
La contratación de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros, la inscripción en un registro municipal, contar con 16 años de edad o más, el uso de casco y la posibilidad de recibir multas por infracciones de tránsito; son algunas de las condiciones establecidas en la propuesta presentada en las últimas horas por el concejal Gustavo Pujato, donde se retoma un proyecto de hace 4 años del mismo bloque.
En cuanto a los sistemas de seguridad se establece un sistema de freno que permita una detención total del mismo y su carga de forma eficaz, como así un sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja, que se mantengan encendidas durante toda la marcha del vehículo. Además, tendrá un sistema de alerta sonora (bocina) que permita ser escuchada por el resto de los usuarios de la vía y que no supere los decibeles establecidos por reglamentación para el resto de los vehículos y un sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h. En caso de no poseer el mencionado sistema, no podrá superar bajo ningún supuesto dicha velocidad.

Respecto a los conductores, tendrán que contar con casco de protección de similares características a los exigidos para el uso de bicicletas, mientras que el vehículo solo podrá estar ocupado por el usuario, sin contar con acompañantes personas ni mascotas.












